Los efectos colaterales de la suspensión de las PASO ¿un salto al vacío?

Mucho se ha hablado y escrito acerca de la suspensión de las PASO (Primarias Abiertas Simultaneas y Obligatorias) que establece le legislación nacional (y la Provincial EPAOS) para seleccionar los candidatos que competirán con las elecciones de medio término que, constitucionalmente, deberán realizarse en el curso del presente año.

Desde este sitio hemos ido analizando, y anticipando, desde el mes de mayo del 2020, sobre la necesidad de adoptar medidas excepcionales ante la aparición del COVID-19 y con mucha más razón por el rebrote que en todo el planeta se produce,  agravado por las contingencias de la merma en distribución de las vacunas de todos los laboratorios involucrados que ha llevado, incluso a la Unión Europea y a algunos países integrantes de dicha Comunidad, a anunciar acciones judiciales y sanciones económicas.

A ello debemos resaltar también las incidencias producidas en aquellos países que han celebrado elecciones en el incremento de contagios.

En nuestro país, se hace hincapié, en los costos y riesgo de realizarlas.

No vamos a analizar estas dos cuestiones en esta nota, pues exceden el marco de la misma.

Sí debemos resaltar que a nuestro entender resulta sorprendente un curioso proyecto que se habría presentado en la Legislatura Bonaerense para suspender las PASO (en realidad se trata de las EPAOS provincales)  basado en la economía que ello produciría en las arcas bonaerenses sin tener en cuenta que, de seguirse con la modalidad imperante en los últimos 48 años (salvo el interregno de la Dictadura Cívico Militar) las elecciones son “simultáneas” con las nacionales y, por consiguiente, los mayores gastos son realizados por el Gobierno Nacional.

Debemos resaltar que tanto la Constitución Nacional como la de la Provincia de Buenos Aires, a partir de la reforma de 1994, establece que los partidos políticos son instituciones fundamentales y que el Estado debe contribuir a su sostenimiento y actividades.

Este afán economicista nos llevó anteriormente a pensar (desde la teoría del absurdo como me enseñara mi Profesora de Matemáticas del Colegio Secundario) y en aras de evitar o disminuir los mayores gastos en estas circunstancias excepcionales y dramáticas, podrían suspenderse temporalmente las actividades del Congreso Nacional, del Poder Judicial y de hasta algunas áreas del Poder Ejecutivo. La palabra “dislate” se aparecerá en la boca del lector…

Ahora bien, siguiendo la Teoría el Absurdo a la que me referí en el párrafo anterior, pensemos que en el Congreso Nacional se lograse el consenso (mayoría agravada) que establece la Carta Magna para proceder a esta reforma electoral cual es la suspensión de las PASO o su eliminación por “inconstitucional” propuesta en su momento por un Diputado Nacional de Cambiemos y que en la Provincia de Buenos Aires, donde tal requerimiento no es exigible (aunque recomendable como dijéramos en el Comité de Expertos de CIPPEC en el año 2003), se llegase a una medida similar.

Pues bien, en ese caso, los partidos deberían reunir a sus congresos o convenciones para resolver que sistema de selección de candidatos adoptarán en estas circunstancias y, luego de ello, las autoridades partidarias fijarán las fechas y modalidades para la celebración de las diferentes elecciones, en las fechas que cada uno estime conveniente.

Por supuesto siempre resguardando el debido proceso partidario y no con la modalidad a los comicios que en su Romancero del Valle del Rio Seco relatara Leopoldo Lugones.

A ello se le suma, aún con PASO y EPAOS, las convenciones que deberán realizarse para resolver si se adoptan o no, el sistema de alianzas o frentes electorales, en fecha más próxima al acto comicial (60 días antes vencen los plazos para acreditar tal circunstancia) y luego presentar los candidatos electos en las internas 50 días antes.

Pero también en esto recuerdo a un querido Profesor del Colegio, primero debemos “aclarar los tantos”.

Cuando hablamos de dejar librado y sin el control estatal directo la elección de candidatos a cargos públicos electivos, ¿saben los propiciadores de tal propuesta cuál habrá de ser la movilización que ello irrogará?

Pues bien  para ello debemos poner en su dimensión de que estamos hablando (tal vez para concluir que es un absurdo).

Nuestro sistema de organización de partidos políticos, establece cuatro tipo o estamentos de los mismos, a saber:

Ahora bien, según los últimos datos que hemos podido corroborar, en la actualidad, se encuentran registrados 44 partidos nacionales y más de 671 partidos de distrito.

En la Provincia de Buenos Aires, se encuentran vigentes más de 50 partidos provinciales y aproximadamente unas 250 agrupaciones Municipales. A ello deberíamos agregarles los partidos locales del resto de las Provincias (incluidos los de la Capital Federal) y, en su caso, los partidos políticos municipales.

Sólo para tener una dimensión, Salta con un caudal electoral reducido, cuenta con 30 partidos provinciales y más de 70 agrupaciones comunales.

Para ir concluyendo, si se suspendiesen las PASO en la Legislación Nacional, y las EPAOS en el ordenamiento Provincial, deberían realizarse  44 Convenciones o Congresos de Partidos Nacionales (en los lugares en donde cada partido resuelva) y 971 convenciones o congresos de partidos de distrito, provinciales y municipales en nuestro territorio, con toda la movilización que ello implica a fin de determinar el sistema de elección interna.

A la vez, los partidos en el marco de su autonomía, celebrarían 971 elecciones internas (al margen de la posibilidad de proclamar las listas únicas pero con toda la preparación de las elecciones que tales actos llevan implícito ( y sus costos).

A ello deberían concretarse igual cantidad de convenciones partidarias a fin de resolver si adoptan o no la conformación de alianzas o frentes electorales.

¿Tienen los propiciadores de la suspensión de las PASO la dimensión y volumen y riesgo de contagios que  ello provocaría?

(*) Emilio Raffo es experto en legislación electoral

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