Contradicciones de la Justicia por los decretos presidenciales

Las medidas del Gobierno nacional genera siempre la reacción opositora, aún en medio de una crisis sanitaria sin precedentes

El 30 de abril pasado la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Sala 6, dio lugar a una acción de Hábeas Corpus que se interpuso en contra de los decretos de Necesidad y Urgencia dictados por el Ejecutivo Nacional el 8 y el 16 de abril del corriente, el 235/21 y 241/21, respectivamente. En primer lugar, la Sala 6 consideró que la acción de Hábeas Corpus era idónea porque podía estar en peligro inminente la libertad ambulatoria de las personas. En primer lugar, esto una exageración.

La vía de Hábeas Corpus no era la acción idónea para el cuestionamiento de los decretos que se dan en el marco de una situación excepcional y de pandemia, con un sistema sanitario casi colapsado en el área del AMBA y una suba exponencial de casos. Entonces, no me parece que esté en riesgo inminente la libertad ambulatoria de las personas, sino en realidad se establecen algunas restricciones en forma temporales a la libre circulación en un ámbito determinado y por un plazo determinado, por eso digo que son temporales.

Por eso, podemos deducir que todo esto se enmarca en la disputa que mantienen el Gobierno de la ciudad de Buenos Aires con el Gobierno nacional y que entorpece una y otra vez las medidas sanitarias del Ejecutivo nacional.

Sin embargo, la Cámara hizo lugar al Hábeas Corpus y estableció una serie de requisitos, entre los cuales figura exhortar al Ejecutivo Nacional y al Congreso para que en el plazo de 15 días dicten una ley para, con criterios epidemiológicos, tanto el Gobieno Nacional como las Provincias y la ciudad de Buenos Aires se pongan de acuerdo en ciertas medidas restrictivas a los derechos fundamentales.

El presidente Alberto Fernández ya había adelantado que iba a enviar un proyecto de ley como el que pide ahora la Cámara, pero una cosa es una ley que pueda ser sancionada con el acuerdo de las fuerzas políticas para que haya consensos en el manejo de la pandemia y otra es un decreto que se dicta en un momento de urgencia, de subas exponenciales de casos.

El decreto de necesidad y urgencia es justamente una medida idónea cuando hay una situación de emergencia que lo amerite, como lo es la pandemia.

De hecho todos los decretos que dictó el Ejecutivo Nacional en 2020, fueron ratificado por el Congreso. Y esta misma Cámara también ha rechazo otras presentaciones de Hábeas Corpus similares, diciendo que la situación de emergencia por la pandemia ameritaba el dictado de estos decretos, por lo cual hay una contradicción con lo que se está resolviendo ahora.

Uno de los argumentos de la Sala es que desde mayo del año pasado el Congreso ha comenzado a funcionar y se han dictado 65 leyes, y si por ende el Congreso retomó su actividad, debería sacar una Ley rápida que regule este contexto de pandemia.

El problema es que esto se torna inverosímil porque tenemos una oposición política encabezada por el Gobierno de la ciudad de Buenos Aires y por la fuerza política mayoritaria en Capital que es Cambiemos, que se opone sistemáticamente y cuestiona todas las medidas sanitarias del Gobierno nacional, y con esa actitud no se van a poder lograr los consensos necesarios en el Congreso para poder dictaminar una Ley.

Esta acción de Hábeas Corpus se mete en esa disputa política, y exhorta al Congreso para que saque una ley y dice también que el Ejecutivo no puede seguir con los decretos de necesidad y urgencia porque el Congreso ya está funcionando, un argumento que no tiene en cuenta la realidad por la dificultad que se plantea hoy una oposición que le pone palos en la rueda a todo.

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