¿Por qué no se van a lavar los platos?

¿Por qué no se van a lavar los platos? (crédito imagen: expreso.ec)

Pertenezco a una generación que fue formada y forjada en la discriminación, tanto social, racial, étnica, como política, religiosa, económica y hasta sexual (hasta no hace mucho los homosexuales -sodomitas para la ley- eran excluidos del padrón electoral). De manera que la frase que titula esta nota aparecía, digamos, de modo bastante frecuente para reprochar a la acción u omisión de las mujeres que hoy conmemoran su día, el cual, por primera vez, fue fijado en Copenhague en 1911, proclamándose luego en 1975 el Año Internacional de la Mujer, fijándose el día 8 de marzo de este año el Primer Día Internacional de la Mujer.

Siendo niño y en mis días de juventud, era muy frecuente escuchar esa frase en la vía pública, y mucho más en el tránsito cuando las mujeres comenzaron a conducir automotores para reprocharles alguna maniobra, no sólo las desafortunadas, sino también aquellas que simplemente no complacía a los varones, únicos señalados por origen divino para poder manejar, entre otras muchas actividades reservadas sólo para los hombres.

Desde Juana Azurduy, la Delfina quien enamorara al caudillo entrerriano Pancho Ramírez, siguiendo por Rosa Luxemburgo en Polonia o María Eva Duarte de Perón, han sido muchas las mujeres que han prevalecido en todas las actividades pese a la reticencia de la admisión en muchas de ellas.

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Rosa Luxemburgo (1871-1919) fue una de las grandes revolucionarias del siglo XX y una de las fundadoras de la corriente de pensamiento del socialismo democrático (crédito imagen: BBC)

La actividad política ha sido una de ellas, pero también han sufrido esa discriminación en otras. Sólo basta recordar a Eva Scandroglio, primera radioaficionada de la República Argentina, quien además les corría a los hombres las célebres “picadas automovilísticas” y, como si fuera poco, se dice que más de una vez les ganaba. Los ejemplos son ricos e innumerables en todas las actividades, razón por la cual no habré de detenerme mucho en ello.

Al sancionarse la Constitución de la provincia de Buenos Aires de 1934 se determinó que podía otorgarse “el sufragio” a la mujer argentina con los dos tercios de votos de la Legislatura, lo que no sucedió hasta el año 1951, cuando el Congreso Nacional les otorgó el derecho a elegir y ser elegidas.

A partir de entonces las mujeres tuvieron la facultad, formal, de participar. Incluso se fundó el Partido Peronista Femenino (aunque en mi modo de ver era un exceso, pues el Partido Justicialista -en ese entonces Peronista- ya había incorporado una Rama Femenina tendiente a facilitar su participación, lo que no ocurría en el resto de las fuerzas políticas.

A partir de entonces han sido muchas las que incursionaron en esta actividad (mayoritariamente reservada a los hombres, quienes pública o reservadamente seguían invocando la frase del título que, sin duda alguna, merecerá todo tipo de críticas… vayan las disculpas del caso… sólo fue un modo de llamar su atención).

Ley de cupo femenino

En 1991, el Congreso Nacional sancionó la ley de cupo femenino determinando que, al menos, el 30% de las listas fuera ocupado por mujeres. Y en 1995 se sancionó en la provincia de Buenos Aires una norma similar, pero más adecuada, estableciéndose que ese porcentaje debería respetarse tanto para hombres como para mujeres, pasándose a denominar “cuota de género”.

Para ser objetivos, no voy a ser muy original si afirmo que esa cuota de género (que debía operar como “piso” en las listas) pasó a ser un “techo”, incluso se cumplía la norma si se las colocaba en los últimos puestos de las nóminas (ya sea como titulares o suplentes). Hasta que administrativamente se determinó que en los primeros tres lugares de los candidatos a cargos públicos electivos, dos debían ser de un sexo. Por lo general, los dos primeros lugares para los varones y el tercer lugar para la dama.

Para ser también objetivos en el análisis puede decirse que muchas mujeres participaron en la política sin necesidad de una protección legal. Sin duda, el mayor ejemplo es el de Eva Perón (que nunca fue candidata y cuando fue postulada debió abandonar esa idea dando lugar al histórico renunciamiento de 1951), so riesgo de omisiones involuntarias, pero para ser gráficos repasemos las mujeres que tuvieron activa participación en la política local, desde Delia Parodi, Alicia Moreau de Justo, Silvana Roth, Florentina Gómez Miranda, Nora Ciapponi, María Julia Alsogaray, Cristina Guzmán, Elisa Carrió, Margarita Stolbizer, Cristina Fernández de Kirchner, por sólo mencionar unas pocas y procurando abarcar, de algún modo, todo el espectro de opciones, necesitaron de la opción de la cuota de género, aunque sin duda alguna mucho tuvieron que hacer para vencer esa reticencia de participación.

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Delia Parodi fue la presidenta del Partido Peronista Femenino y de la Fundación Eva Perón tras la muerte de Evita. En las elecciones legislativas de 1951 fue electa diputada nacional por el peronismo de la Capital Federal. Y el 25 de abril de 1953 fue designada vicepresidenta 1ra. de la Cámara de Diputados, cargo que por primera vez se le asignaba a una mujer (crédito imagen: El Diario de la República)

La Carta de las Naciones Unidas determina que no deben establecerse restricciones en cuanto a la elegibilidad de hombres y mujeres, y la Declaración Universal de los Derechos Humanos determinó que no puede ni debe hacerse una distinción o discriminación por razones de sexo.

En 2015, la ONU aprobó la Agenda 2030 sobre el Desarrollo Sostenible, una oportunidad para que los países y sus sociedades emprendan un nuevo camino con el que mejorar la vida de todos, sin dejar a nadie atrás. La Agenda cuenta con 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible; el de la igualdad de la mujer, entre muchos otros.

En base a ello, en el año 2017 se sancionó la ley nacional de Paridad de Género por la cual se estableció que las listas de candidatos/as en el orden nacional deben integrarse de manera intercalada (uno a uno) a mujeres y varones desde el primer titular hasta el último de los suplentes.

Asimismo, se determinó que en las elecciones internas de los partidos políticos deben cumplirse los mismos recaudos tanto para cargos públicos electivos como cargos partidarios. No hay una norma específica para las Juntas Electorales de las Alianzas.

Juntas Electorales

El tema de la paridad de género en las Juntas Electorales no es un dato menor -para mí, inexplicablemente omitido en ambas legislaciones-, por cuanto allí se resuelven, precisamente, las candidaturas. De hecho, y hasta donde pude corroborarlo en las últimas elecciones, salvo el Frente de Todos y el Frente de Izquierda Unidad, el resto de las coaliciones y alianzas no habría cumplido con ese criterio esperable.

En el año 2016 se sancionaba una ley similar en la provincia de Buenos Aires, pero sólo para candidatos a cargos públicos electivos; nada dijo respecto de los cargos partidarios ni de las Juntas Electorales de la Alianzas.

Esta omisión intenta ser subsanada mediante un proyecto de ley de la diputada Susana González, que tiende a establecer que la totalidad de los cargos partidarios, incluyendo las Juntas Electorales de las Alianzas y Frentes, deben cumplir con el recaudo de paridad de género.

También debería resaltarse que al promulgarse esta ley por la entonces gobernadora María Vidal, el Gabinete Ministerial de la Provincia estaba conformado casi absolutamente por hombres. Está claro que la ley no obligaba a otra cosa, pero no estaba demás un cierto cuidado al tema de la perspectiva de género, en el que se sigue avanzando.

Siguiendo la propuesta inicial, ¿por qué no se van a lavar los platos?… Tengo para mí que está bueno que no hubiesen aceptado ni tolerado aquella premisa. Mujeres, todavía queda mucho para hacer… ¡Felicidades en su día!

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