Un fallo de primera instancia que ordenaba a la Cooperativa de Agua de Abasto a implementar acciones para dejar de volcar efluentes sobre un canal del barrio Villa Esperanza, fue ratificado recientemente por la Cámara Federal La Plata.
El fallo sostiene que la cooperativa “volcó residuos cloacales sin el debido tratamiento, que excedían los parámetros permitidos por el organismo provincial competente”, lo que llevó a la contaminación de las napas y, por ende, el agua que consume muchos vecinos no es apto para el consumo, determinaron estudios realizados por organismos especializados, de acuerdo a lo señalado en el fallo.
Los jueces de la Sala II, César Álvarez y Roberto Agustín Lemos Arias adoptaron el fallo, después de que la firma apelara el la primera instancia del juez Ernesto Kreplak, que en 2018 procesó a las autoridades de la cooperativa sin prisión preventiva y además se les trabó un embargo, en el marco del delito tipificado por el artículo 55 de la ley 24.051 de Residuos Peligrosos.
La decisión judicial busca poner freno a una situación que habría llevado con los años a que unas 600 familias tengan hoy sus pozos de agua contaminados con materia fecal.
Las causa se inició en abril de 2017 a partir de una denuncia penal presentada por la concejal platense Victoria Tolosa Paz, con el patrocinio del letrado Víctor Hortel.
Se denunciaba por entonces que la cooperativa tiene entre sus funciones “dar tratamiento a los efluentes cloacales provenientes de las redes privadas y públicas de Abasto para su posterior descarga, pero que la planta destinada a cumplir esa función –ubicada en calle 217 y 516 bis de dicha localidad- se encuentra en una estado de abandono absoluto y que los efluentes cloacales son vertidos sobre un zanjón a cielo abierto que corre hacia la zona de la intersección de la ruta 2 con la calle 516 bis, sin ningún tipo de tratamiento”.
Tras esa denuncia, se conocieron dos resoluciones judiciales del mismo juzgado. La primera ordenó a la Cooperativa a proveer “agua potable en la cantidad y regularidad que resulten suficientes para abastecer el consumo de todas las familias que residen en los barrios Villa La Esperanza y San Martín”.
Posteriormente, la Justicia procesó y embargó a siete autoridades en el marco de la causa que se les sigue por presuntamente contaminar las napas a su alrededor.
Así, la Cámara penal ratificó la resolución del tribunal de primera instancia, al considerar que “se encuentra prima facie demostrado” que la Cooperativa “contaminó de un modo peligroso el suelo, el agua, la atmósfera y la salud de las personas, en el período 2011- 2016, volcando residuos cloacales sin el debido tratamiento, que excedían los parámetros permitidos por el organismo provincial competente”.
EL FALLO COMPLETO