De Horacio Micucci.-
Veamos como estatuye una encíclica este dogma de la naturaleza:
“Despertado el prurito revolucionario que desde hace ya tiempo agita a los pueblos, era de esperar que el afán de cambiarlo todo llegara un día a derramarse desde el campo de la política al terreno, con él colindante, de la economía. En efecto, los adelantos de la industria y de las artes, que caminan por nuevos derroteros; el cambio operado en las relaciones mutuas entre patronos y obreros; la acumulación de las riquezas en manos de unos pocos y la pobreza de la inmensa mayoría; la mayor confianza de los obreros en sí mismos y la más estrecha cohesión entre ellos, juntamente con la relajación de la moral, han determinado el planteamiento de la contienda. Cuál y cuán grande sea la importancia de las cosas que van en ello, se ve por la punzante ansiedad en que viven todos los espíritus; esto mismo pone en actividad los ingenios de los doctos, informa las reuniones de los sabios, las asambleas del pueblo, el juicio de los legisladores, las decisiones de los gobernantes, hasta el punto que parece no haber otro tema que pueda ocupar más hondamente los anhelos de los hombres».
“Así, pues, debiendo Nos velar por la causa de la Iglesia y por la salvación común, creemos oportuno, venerables hermanos, y por las mismas razones, hacer, respecto de la situación de los obreros, lo que hemos acostumbrado, dirigiéndoos cartas sobre el poder político, sobre la libertad humana, sobre la cristiana constitución de los Estados y otras parecidas, que estimamos oportunas para refutar los sofismas de algunas opiniones».
(…)
«Vamos ahora, dice, a apuntar una cosa de bastante importancia, que es preciso se entienda muy bien para que no se yerre por ninguno de los dos extremos. Dícese que la cantidad de jornal o salario la determina el consentimiento libre de los contratantes, es decir, del patrón y del obrero; y que, por lo tanto, cuando el patrón ha pagado el salario que prometió, queda libre y nada más tiene que hacer, y que solo se viola la justicia cuando, o rehúsa el patrón dar el salario entero, o el obrero entregar completa la tarea a que se obligó, y que en estos casos, para que a cada uno se guarde su derecho, puede la autoridad pública intervenir; pero fuera de éstos en ninguno.
A este modo de argumentar asentirá difícilmente, y no del todo, quien no sepa juzgar de las cosas con equidad, porque no es cabal en todas sus parles; fáltale una razón de muchísimo peso. Esta es: el que el trabajo no es otra cosa que el ejercicio de la propia actividad, enderezado a la adquisición de aquellas cosas que son necesarias para los varios usos de la vida, principalmente para la propia conservación. Con el sudor de tu rostro comerás el pan. (Génesis, III, 19)».
«Tiene, pues, el trabajo humano dos cualidades que en él puso la naturaleza misma: la primera, es que es personal, porque la fuerza con que se trabaja es inherente a la persona, y para la utilidad de él se la dio la naturaleza; la segunda, es que es necesario, porque del fruto de su trabajo necesita el hombre para sustentar la vida, y el trabajo es deber primario natural que no hay más remedio que cumplir.
Ahora, pues, si se considera el trabajo solamente en cuanto es personal, no hay duda que está en libertad el obrero de pactar por su trabajo un salario más corto, porque como de su voluntad pone el trabajo, de su voluntad puede contentarse con un salario corto, y aun con ninguno. Pero de muy distinto modo se habrá de juzgar si a la cualidad de personal se junta la de necesario, cualidad que podrá, con el entendimiento, separarse de la personalidad, pero que en realidad de verdad nunca está de ella separada: Efectivamente; sustentar la vida es deber común a todos y a cada uno, y la falta de este deber es un crimen».
«De aquí necesariamente nace el derecho de procurarse aquellas cosas que son menester para sustentar la vida, y estas cosas no las hallan los pobres sino ganando un jornal con su trabajo. Luego, aun concedido que el obrero y su patrón libremente convienen en algo, y particularmente en la cantidad del salario, queda, sin embargo, siempre una cosa que dimana de la justicia natural, y que es de más peso y anterior a la libre voluntad de los que hacen el contrato, y es ésta: que el salario no debe ser insuficiente para la sustentación de un obrero que sea frugal y de buenas costumbres. Y si acaeciese alguna vez que el obrero, obligado de la necesidad, o movido del miedo de un mal mayor, aceptase una condición más dura, que, aunque no quisiera, tuviese que aceptar por imponérsela absolutamente el patrón o el contratista, sería eso hacerle violencia, y contra esta violencia reclama la justicia».
Lo anterior es de la Encíclica Rerum Novarum.
Y el Papa era León XIII.
“Dada en Roma, junto a San Pedro, el 15 de mayo de 1891, año decimocuarto de nuestro pontificado. LEÓN PP XIII”
Época en que, según Javier Milei, Argentina era la primera potencia mundial, sin considerar que era un proyecto con 94% de pobres de toda pobreza y 6 % de ricos que negociaban con Inglaterra y tiraban manteca al techo en París.
En 1904, por indicación del ministro Joaquín V. González, durante la última presidencia de Julio A. Roca, el gobierno nacional encargó al médico, abogado e ingeniero agrónomo catalán, Juan Bialet Massé, un informe sobre el estado de la clase obrera en la Argentina.
Bialet Massé escribiría el Informe sobre la situación de las clases obreras argentinas, de lectura obligada por estar todavía vigente y por ser precursor de la medicina social en Argentina, que luego avanzaría con exponentes como el Dr. Ramón Carrillo. Este Informe estaba teñido por la Encíclica Rerum Novarum, de León XIII…
