Fuente Cancillería.- Las Islas Malvinas formaron parte del área bajo jurisdicción de España desde la entrada en vigor de los primeros instrumentos internacionales que delimitaron el «Nuevo Mundo» desde 1492. A principios del siglo XVI y durante la mayor parte del mismo, navegantes al servicio de España transitaron las rutas marítimas a lo largo de la costa sudamericana, avanzando hacia el sur en busca del paso interoceánico. En este avance se produjo el descubrimiento de las Islas Malvinas por integrantes de la expedición de Magallanes en el año 1520. A partir de ese momento, fueron registradas en la cartografía europea con diversos nombres y quedaron dentro de los espacios bajo control efectivo de las autoridades españolas. Toda la región austral de América, con sus costas, mares e islas, quedó indiscutiblemente preservada bajo la soberanía española a través de los diversos tratados suscriptos en este período, como el Tratado de Madrid de 1670, entre España e Inglaterra, y el Tratad de Utrecht de 1713.
La sucesión de gobernadores españoles en las Islas Malvinas, que llegaron a un total de treinta y dos, fue continua desde 1767 hasta el año 1811 con motivo de la recién desatada Guerra de la Independencia. En el marco de este conflicto, los primeros gobiernos patrios de las Provincias Unidas continuaron con la administración de las Malvinas, a las que consideraron parte integrante de su territorio, heredado de España por sucesión de Estados según el uti possidetis juris de 1810.
En 1820, el Coronel de la Marina argentina David Jewett llevó a cabo el primer izamiento de la bandera argentina en las Islas Malvinas y concretó la toma solemne de posesión en las Islas Malvinas en nombre de las Provincias Unidas del Río de la Plata. El gobierno argentino procedió también al dictado de normas y al establecimiento de las estructuras jurídicas y administrativas que consolidaron el ejercicio pleno de su soberanía, incluyendo el fomento al desarrollo de actividades comerciales y el establecimiento de población, culminando en la creación, el 10 de junio de 1829, de la Comandancia Política y Militar de las Malvinas y las adyacentes al Cabo de Hornos.
LA USURPACIÓN
Sin embargo, el 3 de enero de 1833, dicho ejercicio efectivo de la soberanía fue interrumpido mediante un acto de fuerza por parte del Reino Unido, que ocupó ilegalmente las islas, expulsando a las legítimas autoridades argentinas allí asentadas, llevando súbditos británicos para poblar las Islas e instaurando desde entonces medidas restrictivas para reducir y evitar el asentamiento del pueblo argentino en las Malvinas. El acto de fuerza de 1833, llevado a cabo en tiempo de paz, sin que mediara comunicación ni declaración previa alguna de parte de un gobierno amigo de la República Argentina, fue inmediatamente rechazado y protestado y desde entonces todos los gobiernos argentinos han reafirmado ininterrumpidamente sus legítimos e imprescriptibles derechos de soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes.
La existencia de la disputa de soberanía entre la República Argentina y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, fue reconocida por la Asamblea General de las Naciones Unidas mediante la Resolución 2065 (XX) adoptada en 1965. Esta resolución, adoptada sin ningún voto en contra, y en el marco del objetivo de poner fin al colonialismo en todas sus formas y manifestaciones, consagra el llamado de la comunidad internacional a proceder sin demora a negociaciones bilaterales entre Reino Unido y la Argentina que permitan encontrar una solución pacífica a la disputa de soberanía teniendo en cuenta los intereses de los habitantes de las Islas.
En cumplimiento de la mencionada Resolución, desde 1966 y durante 16 años, ambos países llevaron a cabo negociaciones para alcanzar una solución a la disputa de soberanía. No obstante, y pese a las innumerables invitaciones de la Argentina y a la exhortación de las Naciones Unidas, el Reino Unido se niega de manera sistemática a retomar las negociaciones de soberanía.
La comunidad internacional ha reiterado la necesidad de reanudar las negociaciones bilaterales a la brevedad posible, lo que fue expresado en 10 resoluciones de la Asamblea General y en 39 resoluciones del Comité Especial de Descolonización de la ONU y en numerosas declaraciones de foros regionales y multilaterales tales como la OEA, el G77 más China, el MERCOSUR, la Cumbre Iberoamericana, la CELAC, el SICA, el PARLASUR, el PARLACEN, el Foro de Cooperación América del Sur-África (ASA) y la Cumbre Países Árabes – Sudamérica (ASPA).
LAS NEGOCIACIONES
La negativa británica a cumplir con la obligación de reanudar las negociaciones por la soberanía se encuentra agravada por la continua introducción de actos unilaterales por parte del Reino Unido. Estas acciones incluyen la exploración y explotación de recursos naturales renovables y no renovables -que la Argentina ha rechazado ininterrumpidamente-, así como una injustificada y desproporcionada presencia militar en las Islas. Todos estos actos son contrarios a la resolución 31/49 de la Asamblea General de las Naciones Unidas y han suscitado múltiples expresiones de preocupación y rechazo por parte de la comunidad internacional.
La Argentina advierte con preocupación que aún hoy se ejercen con discrecionalidad políticas migratorias restrictivas que limitan la posibilidad de establecer residencia, adquirir tierras, contraer empleo o iniciar actividades comerciales o profesionales en las Islas Malvinas, en particular respecto de los argentinos provenientes del territorio continental.
El gobierno argentino reitera una vez más el firme compromiso que han tenido todos los gobiernos democráticos con la solución pacífica de la controversia y con el pleno respeto del derecho internacional y de los intereses de quienes viven en las Islas.
El presente año se cumplen 40 años de la resolución 37/9 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, adoptada el 4 de noviembre de 1982, meses después de finalizado el conflicto del Atlántico Sur, el cual no modificó la naturaleza de la disputa de soberanía, como queda demostrado con esa resolución. En ella, las Naciones Unidas piden, nuevamente, a los gobiernos de la Argentina y del Reino Unido de Gran Bretaña y de Irlanda del Norte que reanuden las negociaciones a fin de encontrar a la mayor brevedad una solución pacífica a la disputa de soberanía referida a la cuestión de las Islas Malvinas y solicitan al Secretario General que, sobre la base de la presente resolución, emprenda una misión renovada de buenos oficios a fin de asistir a las partes.
La Argentina reafirma su disposición a retomar las negociaciones con el Reino Unido conforme los reiterados llamados de la comunidad internacional, con el mismo espíritu constructivo que el de los años siguientes a la adopción de la resolución 2065 (XX), período en el que las dos partes pusieron en marcha los mecanismos de negociación estipulados en dicha Resolución.
Asimismo, la República Argentina reitera el pedido al Secretario General de la ONU que renueve los esfuerzos en el cumplimiento de la misión de buenos oficios que le fuera encomendada por la Asamblea General a través de sucesivas resoluciones. Dicho mandato fue destacado en varios pronunciamientos de los Jefes de Estado y de Gobierno de los países iberoamericanos, así como también en declaraciones de los Jefes de Estado y de Gobierno de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC), y en comunicados conjuntos de los Presidentes de los Estados parte del MERCOSUR y Estados Asociados, a fin de que se reanuden las negociaciones tendientes a encontrar a la mayor brevedad posible una solución pacífica a la referida disputa.
A 189 años de la usurpación de las Islas Malvinas, el Gobierno y el pueblo argentino reafirman una vez más sus legítimos e imprescriptibles derechos de soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes. La recuperación del ejercicio efectivo de la soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes, conforme el derecho internacional y respetando el modo de vida de sus habitantes, es un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino, tal como se encuentra plasmado en la Constitución Nacional y constituye una política de Estado.